Abogado fiscalista Málaga · Costa del Sol

Abogado fiscalista en Málaga

Abogados fiscalistas en Málaga para particulares, empresas y no residentes con bienes en la Costa del Sol. Planificamos tus impuestos y te defendemos ante la Agencia Tributaria, la Junta de Andalucía y los ayuntamientos de la provincia.

Revisamos tu caso

Cuéntanos qué necesitas o qué notificación has recibido. Un abogado fiscalista de Málaga te llamará en menos de 24 horas laborables.
Nombre y apellidos

¿Buscas un abogado fiscalista en Málaga?

Labaig Abogados cuenta con abogados fiscalistas en Málaga: planificación de IRPF, IVA, Sociedades y Sucesiones, fiscalidad de no residentes con inmuebles en la Costa del Sol y defensa frente a la AEAT, la Agencia Tributaria de Andalucía y los ayuntamientos en requerimientos, sanciones y recursos.

Abogado fiscalista en Málaga para residentes y no residentes

La provincia de Málaga tiene un perfil fiscal singular: una economía muy ligada al sector inmobiliario y turístico, decenas de miles de propietarios no residentes y un creciente número de profesionales y empresas tecnológicas que se instalan en la ciudad. Cada uno de esos perfiles plantea cuestiones fiscales propias.

Nuestros abogados fiscalistas en Málaga atienden a todos ellos con el enfoque de un despacho de abogados: prevenir el conflicto con una buena planificación y, si llega, defenderte con solvencia técnica en todas las instancias.

Sede de Málaga

Calle Sigfrido, 8, Planta 2, Oficina B1, 29006 Málaga. Lunes a viernes · 8:00 – 20:00.

Dónde actuamos

Abogados fiscalistas en Málaga ante cada administración

Gestiona el IRPF, el IVA, el Impuesto sobre Sociedades y el de No Residentes. Atendemos requerimientos, comprobaciones e inspecciones.
Gestiona los tributos cedidos a la Junta, como el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el de Transmisiones Patrimoniales, incluidas sus comprobaciones de valor.
Cuenta con sala en Málaga para resolver las reclamaciones contra actos de la AEAT y de la Junta de Andalucía. Es una vía sin coste y previa a los tribunales.
Su Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Málaga conoce de los recursos contra las resoluciones económico-administrativas regionales.
En Málaga capital, la gestión tributaria municipal corresponde al Ayuntamiento a través de su organismo de gestión tributaria; en muchos municipios de la provincia interviene el Patronato de Recaudación Provincial.
Propietarios no residentes, nuevos residentes y profesionales desplazados que necesitan coordinar su fiscalidad española con la de su país de origen.

Costa del Sol

Fiscalidad de no residentes con inmuebles en la Costa del Sol

Tener una vivienda en Marbella, Estepona, Benalmádena, Fuengirola o Nerja siendo no residente genera obligaciones fiscales en España aunque no se obtengan ingresos. Estas son las principales:

Imputación de rentas inmobiliarias

Si la vivienda no está alquilada, el propietario no residente debe declarar cada año una renta imputada calculada sobre el valor catastral, a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

Alquiler de la vivienda

Si se alquila —también como vivienda de uso turístico—, se tributa por los ingresos obtenidos. Los residentes en la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo pueden deducir los gastos vinculados al alquiler; el resto tributa sobre los ingresos íntegros. Además, la actividad turística está sujeta a requisitos autonómicos y municipales que conviene revisar.

Venta del inmueble

El comprador debe retener el 3 % del precio y el vendedor declarar la ganancia patrimonial. A ello se suma la plusvalía municipal. Planificar la venta con antelación permite calcular el coste real, preparar la documentación de gastos y mejoras y recuperar, en su caso, el exceso retenido.

Trasladarse a vivir a Málaga

Quienes trasladan su residencia a Málaga para trabajar deben analizar el momento del cambio de residencia, la aplicación de los convenios de doble imposición y la posibilidad de acogerse al régimen especial de trabajadores desplazados.

Herencias en Andalucía

Sucesiones y donaciones en Andalucía

Andalucía bonifica al 99 % la cuota del Impuesto sobre Sucesiones para cónyuges, descendientes y ascendientes, y prevé además reducciones propias, por ejemplo para la vivienda habitual del fallecido o la empresa familiar. Para hermanos, sobrinos y otros parientes, en cambio, la carga fiscal puede ser significativa.

Las donaciones también cuentan con beneficios fiscales entre familiares directos, pero suelen exigir requisitos formales estrictos —como el documento público o la justificación del origen de los fondos— cuyo incumplimiento hace perder la ventaja.

Lo explicamos con más detalle en nuestra guía sobre el Impuesto de Sucesiones en Madrid y Andalucía.

Herencia en Málaga: pasos clave

Abogados fiscalistas en Málaga

Te atendemos en nuestra sede de Málaga

Con cita previa en nuestra oficina o por videollamada, también para clientes que residen fuera de España.

40°28′N · 3°47′O

Madrid

Labaig Abogados Madrid

36°42′N · 4°28′O

Málaga

Labaig Abogados Málaga

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes: abogado fiscalista en Málaga

¿No encuentras tu respuesta?

Plantéanos tu duda sin compromiso. Te respondemos en menos de 24 horas laborables.

¿Cuánto se paga por heredar en Andalucía?

Andalucía aplica una bonificación del 99 % en la cuota del Impuesto sobre Sucesiones para los grupos de parentesco I y II (descendientes, cónyuges y ascendientes), por lo que, entre familiares directos, el impuesto suele ser muy reducido. Para hermanos, sobrinos y otros parientes la tributación puede ser elevada y conviene planificar. En todos los casos la declaración se presenta en el plazo de seis meses desde el fallecimiento.

Principalmente el IBI municipal y el Impuesto sobre la Renta de No Residentes: si la vivienda no está alquilada, debes declarar cada año una renta imputada; si la alquilas, tributas por los rendimientos obtenidos, con la posibilidad de deducir gastos si resides en la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo. Según tu patrimonio, también puede afectarte el Impuesto sobre el Patrimonio.

Cuando un no residente vende un inmueble en España, el comprador debe retener el 3 % del precio e ingresarlo en Hacienda a cuenta del impuesto del vendedor. Después, el vendedor declara la ganancia obtenida y, si la retención supera el impuesto, puede solicitar la devolución del exceso. Te acompañamos en todo el proceso.

Depende de la administración que la haya dictado: frente a la AEAT o la Junta de Andalucía, la vía es el recurso de reposición o la reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, que cuenta con sala en Málaga; frente al ayuntamiento, el recurso de reposición ante el propio órgano municipal. Después se puede acudir a los tribunales de lo contencioso-administrativo.

Depende del servicio y de su complejidad. Tras la primera consulta trabajamos con presupuesto cerrado o con iguala mensual, siempre por escrito y sin costes ocultos.

Sí. Buena parte de nuestros clientes no residentes con bienes en la Costa del Sol nos consultan por videollamada y correo electrónico, y firman la documentación de forma electrónica o mediante poder notarial.

Abogado fiscalista Málaga

Revisamos tu situación fiscal sin compromiso

Residente o no residente, particular o empresa: cuéntanos tu caso y te explicamos tus opciones y el coste antes de empezar.