EXTRANJERÍA. DENEGACIÓN DE ARRAIGO SOCIAL

Resumen

Se desestima la solicitud de arraigo social por parte de la Oficina de Extranjería de Almería sobre la base de que el solicitante no cumple los requisitos de permanencia establecidos en el RD 557/2011 de 20 de abril, dado que considera que el plazo en el que el cliente ha permanecido en territorio español bajo el abrigo de una solicitud de asilo internacional no computa a efectos de residencia irregular.

Trabajo

Se interpone Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, alegando la independencia y autonomía del Recurso Contencioso Administrativo de la vía administrativa, así como alegando la aplicación de la Disposición Transitoria Quinta del RD 557/2011 de 20 de abril, y la infundada exigencia del requisito de permanencia en situación irregular, sobre la base de la Nota Aclaratoria del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a raíz de la nueva Ley de Extranjería.

Se desestima el recurso y se reiteran alegaciones ante el Tribunal Superior de Justicia.

Resultado

Pendiente de señalamiento para votación y fallo.

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